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Abogando por derechos y acomodos razonables para pacientes con EII

La Lcda. Janice Marrero, consejera vocacional, compartió en el reciente evento realizado por FEAT su perspectiva esencial sobre la importancia de empoderar a las personas que enfrentan enfermedades crónicas como la EII.

«Es fundamental que los pacientes se empoderen respecto a su condición», expresó. Este empoderamiento, según Marrero, va más allá del conocimiento de la enfermedad, abarcando la capacidad de comunicarse efectivamente y de solicitar acomodos razonables cuando sea necesario.

La consejera destacó la relevancia de superar el temor al despido y fomenta la apertura en la discusión sobre las experiencias y limitaciones de los pacientes. Advierte que el simple hecho de tener un diagnóstico médico no garantiza automáticamente el derecho a recibir acomodos razonables.

Según sus palabras, «el paciente tiene ese derecho cuando cumple con la definición legal de discapacidad, según lo establecido en las leyes federales y estatales».

Marrero hizo hincapié en que la definición legal de discapacidad, bajo la Ley ADA y el Acta de Rehabilitación de 1973, Sección 504, se centra en una condición que «limita sustancialmente una o más áreas del diario vivir». Para ella, «no se basa únicamente en la condición médica en sí, sino en si la condición cumple con los criterios legales para ser considerada una discapacidad».

La consejera resaltó también las dificultades de identificar a personas con enfermedades crónicas, especialmente en casos de colitis ulcerosa. «Estas condiciones son invisibles a simple vista. Este es el desafío principal para los pacientes, ya que su lucha no es evidente externamente», señaló.

En el proceso de solicitud de acomodo razonable, Marrero subraya la necesidad de divulgación y documentación adecuada. Para ella, «es imperativo contar con la certificación de un médico que pueda documentar claramente los síntomas, la progresión, la cronicidad y cualquier limitación futura». No obstante, reconoce el desafío que representa la falta de comprensión por parte de algunos profesionales de la salud en la documentación precisa.

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La comunicación abierta y educativa, según Marrero, es clave al abordar la solicitud de acomodo razonable en entornos laborales y educativos. «La razón principal por la que las solicitudes de ajustes razonables pueden variar entre empleados con la misma condición es que la manera en que la enfermedad afecta a cada persona es única», subrayó.

En el ámbito educativo, Marrero proporcionó información detallada, diferenciando entre niveles escolares. Recomienda el uso del Plan 504 para ajustes razonables en el ámbito escolar y destaca la importancia de trabajar directamente con el personal educativo.

En la universidad, la consejera enfatiza que los estudiantes deben tomar la iniciativa en la solicitud de acomodo razonable. «Al acudir a la oficina para estudiantes con discapacidades, se debe solicitar una cita y preparar una variedad de documentos, incluyendo evidencia médica», aconsejó y destacó la importancia de renovar anualmente los planes de acomodo para garantizar un entorno educativo inclusivo.

En el ámbito laboral, Marrero destaca ejemplos prácticos de ajustes razonables, como tiempo libre para hospitalizaciones, comunicación transparente y trabajo flexible. También aborda la percepción errónea de que los ajustes representan una carga financiera, enfatizando que los costos suelen ser razonables.

La flexibilidad en el entorno laboral es esencial, sugiriendo horarios flexibles, acceso al baño y ubicación estratégica del área de trabajo. Marrero concluye destacando que los acomodos razonables van más allá de reducir el estrés, contribuyendo a un ambiente donde los individuos se sienten comprendidos y respaldados.

Hablando de los beneficios de los acomodos razonables, Marrero destaca que estos «van más allá de simplemente reducir el estrés». Según ella, «al recibir ajustes en el trabajo o en la educación, se crea un ambiente en el que el individuo se siente comprendido y respaldado».

En el aspecto de la búsqueda de empleo, Marrero aconseja sobre la revelación de detalles médicos y destaca la importancia de elegir trabajos alineados con las capacidades y necesidades individuales.

Para proporcionar un contexto histórico, Marrero señala que la primera legislación que garantiza derechos a personas con discapacidades data de 1973 con el Acta de Rehabilitación. Enfatiza la importancia de la Ley ADA de 1990 y destaca que las instituciones educativas que reciben fondos federales están legalmente obligadas a cumplir con estas leyes.

En un llamado a la cautela durante la búsqueda de empleo, Marrero destaca que no es necesario revelar detalles médicos a menos que se necesiten ajustes específicos para la entrevista. «Es esencial saber que, si le ofrecen el trabajo, la empresa no puede realizar exámenes médicos a menos que esto se aplique a todas las personas en la misma posición», enfatizó.

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